Reciclaje comercial obligatorio: ¡es la ley!
A partir del 1 de julio de 2012, California requiere que todos los negocios que generen cuatro (4) o más yardas cúbicas de basura por semana y viviendas multifamiliares con cinco (5) o más unidades para reciclar. * El lenguaje estatutario específico de la ley (Proyecto de Ley 341) se puede encontrar en el Código de Recursos Públicos del Estado: PRC División 30, Parte 3, Capítulo 12.8, Sección 42649. Descargue el Folleto AB 341
Las empresas incluyen, pero no se limitan a:
- Edificios de oficinas
- Retail
- Restaurantes
- Sin fines de lucro
- Centros comerciales
- Oficinas del gobierno
- Escuelas
Las viviendas multifamiliares incluyen:
- Apartamentos
- TOWNHOMES
- Departamentos
El objeto de la ley es REDUCIR:
1) Basura enviada a vertederos y 2) Emisiones de gases de efecto invernadero
* Los negocios y viviendas multifamiliares de San Carlos con dos (2) yardas cúbicas o más de servicio de basura por semana deben cumplir con la ordenanza de reciclaje comercial y orgánicos obligatorios de la Ciudad.